Aquí te contaré qué es la pensión por invalidez: los requisitos, y cuánto dinero puedes recibir según la capacidad laboral que hayas perdido. El proceso de pensión Colombia puedes tramitarlo conmigo, ¡escríbeme al final del artículo!
La pensión de invalidez es una ayuda económica que se presta mensualmente a las personas que han perdido cierto porcentaje de capacidad laboral debido a una enfermedad, accidente que resultó en una invalidez o una patología que presente el usuario.
Importante: la Ley 776 de 2002, establece que la pensión por invalidez por accidente de trabajo o de una enfermedad por causa laboral serán examinadas y su costo serán pagadas por la Administradora de Riesgos Laborales.
Esta deberá cubrir la respectiva hospitalización, los medicamentos, prótesis, recuperación social, física y económica.
Requisitos para tu pensión por invalidez
Uno de los principales requisitos de la pensión es haber perdido el 50% o más de la capacidad laboral. Esto debido a que será acreedor de una ayuda mensual y vitalicia por tener aportes a pensión durante 50 semanas, seguidas o discontinuadas, en los últimos 3 años previos al accidente.
La ley 860 de 2003 (Art 1), que modificó el artículo 39 de la Ley 100 de 1993, dice que si has perdido el 50% o más de tu capacidad laboral, por causa de una enfermedad de origen común, laboral o profesional; y estás afiliado al sistema de seguridad social, tienes derecho una pensión por invalidez.
Invalidez causada por enfermedad: Que haya cotizado cincuenta (50) semanas dentro de los últimos tres (3) años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración.
Los menores de veinte (20) años de edad sólo deberán acreditar que han cotizado veintiséis (26) semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de su invalidez o su declaratoria.
Si la razón de pérdida de la capacidad laboral es una enfermedad, el afiliado deberá haber cotizado por lo menos 50 semanas dentro de los 3 años previos a la fecha en la cual se dictamina tu invalidez.
En cuanto a riesgos laborales, accidentes o una enfermedad causada por el trabajo; el afiliado debe haber perdido el 50% o más, de su capacidad laboral. En este caso, la pensión por invalidez debido a riesgos profesionales, no exige un monto mínimo de semanas cotizadas.
La ley 776 de 2002 estipula que en la pensión por riesgos laborales no se exige un mínimo de semanas cotizadas, sino que el riesgo se asegura desde que el trabajador es afiliado formalmente.
Importante: Monto de la pensión de invalidez de origen laboral:
Pérdida de capacidad de 50% a 66% le reconocen una mesada pensional del 60% del I. B.L. La pérdida superior al 66% la mesada pensional es del 75% sobre el I.B.L
Además, la mesada pensional se incrementa en un 15% cuando necesite ayuda para hacer sus actividades diarias.
Cuánto dinero puedo recibir
El monto a recibir dependerá del grado de invalidez correspondiente al porcentaje de Pérdida de la Capacidad Laboral (PCL).
El artículo 40 de la ley 100 de 1993 estipula los grados de invalidez de la siguiente manera: el 45% del ingreso base de liquidación, más el 1.5% de dicho ingreso por cada cincuenta (50) semanas de cotización que el afiliado tuviese acreditadas, con posterioridad a las primeras quinientas (500) semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral sea igual o superior al 50% e inferior al 66%.
El 54% del ingreso base de liquidación, más el 2% de dicho ingreso por cada cincuenta (50) semanas de cotización que el afiliado tuviese acreditadas con posterioridad a las primeras ochocientas (800) semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral es igual o superior al 66%.
Ten presente que la pensión por invalidez no podrá ser superior al 75% del ingreso base de liquidación.
¿Quieres que te ayudemos con este tema? Agenda una asesoría
Si se determina que la invalidez está entre 50 y 65,99%, se establece una invalidez de Grado 1, liquidando el monto de dicha pensión a partir del 45% del Ingreso Básico de la Liquidación (IBL). Si la invalidez es igual o superior al 66%, el monto de la pensión se liquida a partir del 54% del Ingreso Base de Liquidación (IBL).
El número de semanas cotizadas también tendrá incidencia en el monto a recibir:
Importante: la pensión por invalidez jamás podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente.
Para poder empezar el trámite de pensión por invalidez se deben entregar los documentos necesarios al fondo de pensiones y cesantías que validará la solicitud de pensión para posteriormente realizar la liquidación y el pago de la misma (a partir del mismo día o el día siguiente del cual se determina la invalidez).
En Vásquez Zuluaga somos abogados pensionales expertos en agilizar el trámite de tus pensiones ayudándote a obtener una respuesta ágil después de la mejor asesoría de nuestra parte.
Realiza una primera consulta completamente gratis con uno de nuestros expertos, agendando tu cita aquí.