Nuevo juicio en #SalaLaboral declara ineficaz traslado que mujer hizo en 1994 desde Cajanal a un fondo privado de pensiones.
La Corte decide el recurso de casación que ESTHERDEL CARMEN SÁNCHEZ MEDINA interpuso contra la sentencia que la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto profirió el 9 de noviembre de 2018, en el proceso ordinario que adelanta contra la
ADMINISTRADORA DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A., trámite al cual fue vinculada la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES –COLPENSIONES– en calidad de litisconsorte necesario
Antecedentes
La accionante solicitó que se declare la «nulidad» de su vinculación o afiliación al régimen de ahorro individual con solidaridad administrado por Porvenir S.A. En consecuencia, se condene a esta a devolver a Colpensiones sus cotizaciones, Radicación n.° 83538 SCLAJPT-10 V.00 2 el bono pensional, las sumas adicionales indexadas «con todos su frutos e intereses», lo que resulte extra o ultra petita y las costas del proceso.
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Caso tomado de la Corte Suprema de Justicia