La pensión por especial por ser un responsable de un hijo en condición de invalidez
La sala laboral reconoció la pensión especial de vejez a un hombre responsable de un hijo en condición de discapacidad. Para recibir esta prestación, el padre o madre no tiene que acreditar que es cabeza de familia ni que está laboralmente activo.
Dentro de los antecedentes, el accionante promovió el proceso ordinario laboral contra la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, con el fin de que fuera condenada a reconocerle y pagarle la pensión especial de vejez al padre cabeza de familia, las mesadas adicionales; los intereses moratorios y las costas procesales.